Delito de estafa según el código penal 

Delito de estafa según el código penal 

Si has sido acusado por delito de estafa, nosotros te ayudamos a salir lo más ileso posible de las sanciones que el código penal impone a este tipo de delitos. Conoce qué es el delito de estafa y cuáles herramientas tenemos para evitar la prisión, si has sido acusado en España por tal delito. 

¿Qué se considera delito de estafa? ¿Y ciberestafa? 

Cuando no tenemos conocimiento sobre el delito de estafa, puede que se nos haga difícil determinar si en realidad estamos en presencia de uno, y es que este tipo de delito tiene características intrínsecas registradas en el Código Penal español. Al conocer todas las circunstancias y pruebas, podemos afirmar que es un delito de estafa.  

A este respecto, se conoce como delito de estafa al tipo de engaño que busca producir un daño a otra persona, y al mismo tiempo obtener ganancias de este acto. En consecuencia, se induce al otro a realizar una acción en perjuicio, bien sea de él mismo o de otra persona. 

Ahora bien, hoy este delito ha sufrido una evolución, se trata de la ciberestafa, en sí, el concepto es el mismo que el delito de estafa, con la diferencia de que se utiliza el internet como medio de perpetración del delito. Por cuanto, se convierte en un delito informático que puede darse tanto en particulares como en empresas, aunque con diferentes implicaciones. 

¿Dónde están recogidos los delitos de estafa en el código penal? 

Cuando se habla de delitos de estafa, nos referimos a aquellos de tipo básico establecidos en el artículo 248 del Código Penal, ubicado en la sección I “De las Estafas”, capítulo VI “De las defraudaciones”, título XIII “Delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico”, libro II “Delitos y penas”. 

A este respecto, el artículo 248 establece que quien utilice el engaño con ánimos de lucro con el fin causar un daño, está cometiendo un delito de estafa. También se considera delito de estafa cuando: 

  • La manipulación se realiza por vía informática (ciberestafa) o con cualquier artificio semejante, cuyo objetivo es lograr que se haga una transferencia de cualquier activo patrimonial sin consentimiento del propietario. 
  • La creación, posesión o distribución de programas informáticos destinados a realizar estafas. 
  • Utilizar tarjetas de débito, crédito o cheques de viajes para realizar operaciones en perjuicio del titular o un tercero. 

¿Qué penas se contemplan para los delitos de estafa en el código penal? 

Para que se pueda fijar una pena por delitos de estafa, se debe determinar primero cuánto es el valor de lo que se ha defraudado, es decir, el quebrando económico que ha sufrido el perjudicado. Además, se tiene en cuenta la relación que hay entre el defraudador y la víctima, así como el medio empleado para la estafa, y demás circunstancias que puedan agravar la infracción. 

Teniendo en cuenta todo esto, se establece una multa de uno a tres meses en los casos que lo que se ha defraudado no exceda de los 400 euros. Ahora bien, en caso de que el monto supere esta cantidad, se tendrá en cuenta lo estipulado en el artículo 250 de la Ley Orgánica 1/2015. 

A este respecto, la pena que se impondrá sobre el estafador será de prisión y una multa. El juez determinará el periodo que bien puede ir de uno a seis años en el caso de la medida privativa de libertad, y de seis a doce meses con respecto a la multa. 

De acuerdo al artículo 250.2 del Código Penal, la sanción puede tener agravantes de pena, aumentando el tiempo de cuatro a ocho años de prisión y de doce a veinticuatro meses en el caso de la multa. Esto corresponde a una agravación penológica cuando se trate de macro estafas, es decir, cuando el valor de lo defraudado supere la cantidad de 250.000 euros. 

Jurisprudencia del Tribunal Supremo respecto al delito de estafa 

De acuerdo a Jurisprudencia dictada por el Tribunal Supremo, se considera la estafa un engaño típico que genera riesgo desaprobado para un bien jurídico tutelado. A este respecto, el Tribunal Supremo se ha pronunciado, alegando que es estafa a todo engaño que sea suficiente y proporcional para que se consume el fin de perjudicar a otros. 

Para que se produzca una maniobra defraudatoria, se debe presentar una apariencia de seriedad para engañar a las personas. En consecuencia, el estafador tiene perspicacia y diligencia para el delito que se ha de cometer. 

De acuerdo a sentencia dictada por el Tribunal Supremo de fecha 11 de julio, se entiende como engaño cuando se producen efectos defraudadores. El engañador logra engrosar el patrimonio de la víctima de forma ilícita. 

La única excepción a la regla y que podría ser exonerado de responsabilidad, es cuando el engaño sea considerado grosero, esperpéntico y burdo. De manera que no puede inducirse el error a nadie en específico. 

¿Has sido acusado de estafa? 

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